De acuerdo con las leyes fiscales locales, los ciudadanos peruanos (y los extranjeros que permanezcan más de 59 días en Perú) están obligados a abonar un suplemento del 18%. Para quedar exentos del pago de dicho suplemento en concepto de IVA, presentarán una copia de la tarjeta de inmigración y del pasaporte.
Es imprescindible presentar ambos documentos para acogerse a la exención del pago del suplemento. De lo contrario, hay que abonarlo.
Los huéspedes extranjeros en estancia de negocios que soliciten una factura impresa también abonarán este suplemento del 18%, independientemente de la duración de su estancia en Perú.
Este suplemento no se incluye de forma automática en el importe total de la reserva.Es necesario realizar el pago antes de la llegada a través de transferencia bancaria. El alojamiento se pondrá en contacto contigo después de reservar para darte las instrucciones.